El STF decide que es constitucional confiscar permisos de conducir y pasaportes para forzar el cumplimiento de una orden judicial

En la sesión del 09/02/2023 en relación con el ADI 5941, el Tribunal Supremo Federal declaró que es constitucional la disposición del Código de Procedimiento Civil que autoriza al juez a utilizar medidas alternativas necesarias para el debido cumplimiento de una orden judicial, como la incautación de permisos de conducir y pasaportes, la suspensión del derecho a conducir y la prohibición de participar en concursos y licitaciones públicas.

La mayoría del Pleno siguió el voto del Relator, el Juez Luiz Fux, que está de acuerdo con la aplicación de las medidas previstas en el artículo 139, inciso IV, del CPC, siempre que no afecte derechos fundamentales y respete los principios de proporcionalidad y razonabilidad.

El Relator subrayó que es inaceptable que el Poder Judicial no disponga de medios y soluciones para hacer cumplir sus sentencias.
Sin embargo, aclaró que, al aplicar dichas medidas, es importante tener en cuenta la dignidad de la persona humana y sus principios, por lo que cualquier medida de abuso debe remediarse mediante la apelación.

Por otro lado, el juez Edson Fachin contradijo al ponente, señalando que tales medidas son inconstitucionales porque los deudores no deben sufrir sanciones que restrinjan su libertad y sus derechos por no pagar sus deudas, salvo en el caso de los deudores alimentarios.

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